Como dijo un poeta “El tiempo pasa por demás ligero” y nosotros los jubilados de C.V.G Sidor C.A. seguimos esperando desde 1990 (tan sólo 20 años), que SIDOR cumpla con el contenido de los artículos de la Ley que garantiza la homologación periódica a los jubilados, cada vez que hayan variaciones en los sueldos y salarios por causas inflacionarias u otros motivos. (Ver el contenido del artículo nº 13 de la Ley y 16 de su reglamento, vigentes desde 1986,(Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios y Empleados de la Administración Pública Nacional de los Estados y Municipios). Vale la pena recordarlo:
Artículo nº 13: “El monto de la jubilación podrá ser revisado periódicamente tomando en cuenta el nivel de remuneración el cual para el momento de la revisión tenga el último cargo que desempeñó el jubilado. Los ajustes que resulten de este servicio se publicarán en la Gaceta Oficial de la República.”
Haciendo un poco de historia, desde 1990 solicitamos por escrito y personalmente a C.V.G. Sidor C.A. la homologación al monto de nuestras jubilaciones, siempre con resultados negativos. Posteriormente en 1999 la Cámara de Diputados, nombró una Comisión para analizar el cumplimiento del Contrato de Compra Venta de Sidor. En su primer y en su segundo y último informe la Comisión recomendó a Ternium Sidor la homologación a sus jubilados, informe éste aprobado por mayoría por el Congreso Nacional en diciembre de 1999. Incluso el actual Diputado a la Asamblea Nacional Dr. José Albornoz firmó y formó parte de esa Comisión de1999 como Diputado de la Cámara. Esta recomendación fue vetada por la Gerencia de Recursos humanos de Ternium Sidor. Más tarde el Tribunal Supremo de Justicia el 15 de diciembre de 2005, avaló una sentencia del Tribunal del Trabajo de Puerto Ordaz a favor de la homologación a los jubilados de C. V. G. Venalum C. A. y la hizo extensiva a todas las Empresas del Holding de la Corporación Venezolana de Guayana C.V.G.
Por fin vino la célebre madrugada del 9 de abril de 2008 cuando nuestra Planta Siderúrgica del Orinoco, en aciaga hora subastada, regresó a manos de nosotros los venezolanos, por decisión de nuestro Presidente. Debido a éste acontecimiento, logramos nosotros los jubilados gozar al menos del salario mínimo oficial del Estado.
Pero pese a la recomendación de la Comisión del Congreso en 1999 y la Sentencia del Tribunal Supremo en 2005, nosotros los “hijos de la panadera” continuamos esperando un “milagro”, para que la actual Directiva de Sidor nos otorgue la homologación contemplada en la Ley y que nos corresponde como derecho ganado después de tantos años de esfuerzo y dedicación al trabajo.
A continuación voy a transcribir algunos párrafos de un artículo similar publicado en la Prensa regional en mayo del 2008.
“A nosotros y a nuestras familias, auténticos pioneros de Sidor y Ciudad Guayana, llegados de otros lares, nos tocó vivir, sufrir y superar aquellos tiempos difíciles de la década de los años 60 cuando por el ”boom del hierro” colapsaron todos los servicios en la naciente Puerto Ordaz, el histórico San Félix y Ciudad Bolívar, ante el río humano de personas que llegaban en busca de trabajo y nuevos horizontes. Hubo escasez de viviendas, pensiones, hoteles, restaurantes, escuelas, hospitales, bodegas, panaderías, farmacias, transporte, puentes. etc; algunos fuimos enviados a Italia entre 1956 y 1960 para entregar posteriormente toda una vida de labor y dedicación, llevando a cuestas nuestros sueños y los sueños de nuestras familias para labrar así un camino de promisión en la Zona del Hierro conocida hoy como Ciudad Guayana.
Pero ahora…viejos….ochentones…cansados y desilusionados, no recibimos ni siquiera un monto de jubilación que nos permita justificar tantos sacrificios prestados a una causa: La satisfacción del deber cumplido a una Empresa del Estado y una vejez tranquila y segura.
La reivindicación de los derechos no significa “mendigar un salario mínimo” significa la permanente convicción de reconocer nuestros derechos y la Ley que ampara al jubilado, por los años servidos a la Patria en C.V.G Sidor C.A. Es por eso que ésta lucha forjada en 30 o más años de servicio, demanda el cumplimiento de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones en su artículo 13 y 16 de su reglamento.”
Reconozco que últimamente han habido reuniones entre los directivos de Recursos Humanos de Sidor y nuestra Asociación de jubilados ,pero tan sólo han sido promesas y buenas intenciones sin resultados positivos, excepto por un listado que nos fuera entregado con los futuros montos de nuestras jubilaciones para cuando se apruebe la homologación. Y seguimos en espera de próximas reuniones con los nuevos directivos de Sidor.
Señores de la nueva Directiva de Sidor nosotros los pioneros jubilados, colaboramos con el nacimiento de nuestra Planta Siderúrgica del Orinoco, por lo que les pedimos que tomen cartas en el asunto y de una vez por todas hagan justicia. La patria y los jubilados de Sidor os lo agradecerán.